Micelio

Artículo 92

Decreto 2400 de 1986 · por el cual se revisa, reforma y pone en funcionamiento el Estatuto de la Carrera Judicial.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

La calificación de servicios de los funcionarios y empleados judiciales tendrá los siguientes fines

a)

Determinar su permanencia o su retiro del servicio;

b)

Escalafonarlo en la carrera;

c)

Determinar su participación en los concursos de ascenso;

d)

Promover su participación en los programas de adiestramiento o perfeccionamiento que se realicen;

e)

Facilitar el otorgamiento de las becas y estímulos que se programen;

f)

Asegurar su participación en los programas de bienestar social que se adopten.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 2400 de 1986