Micelio

Artículo 7

Corresponde Al Jefe De Esta Sección Cumplir Lo Dispuesto En El Artículo 5º, Más Lo Siguiente: A) Liquidación De Créditos, Delegación De Ellos Y Reconocimiento Definitivo De Gastos; B) Remesas Para El Servicio Relacionado Con El Ramo De Guerra; C) Embargos Judiciales; D) Disponer El Cumplimiento De Ellos; E) Reclamaciones Por Sueldos, Auxilios De Marcha Y Haberes Atrasados Del Ejército, Y Las De Otra Naturaleza Provenientes Del Ramo De Guerra; F) Liquidación De Pasaportes Auxiliados; G) Examen Y Liquidación De Los Presupuestos, Listas De Revistas Del Ejército Y Revistas De Comisario; H) Contabilidad De Las Escuelas Militares; I) Lo Relativo Á La Subsistencia Y Ajustamientos Militares, En Dinero Ó En Especies; J) Lo Correspondiente Á Fianzas, Su Aceptación Y Efectividad; K) Legalización De Gastos Hechos Por Oficinas Dependientes Del Ministerio; L) Formación Del Proyecto De Presupuesto Anual De Guerra; Ll) Examen Y Substanciación De Todo Negocio Que Se Refiera Al Ramo De Contabilidad Y Demás Asuntos Conexionados Con Él; M) Llevar La Cuenta General De Los Egresos Del Presupuesto De Gatos Del Ministerio De Guerra, Y Abrir Los Libros Principales Que Al Efecto Se Requieran Y Los Auxiliares Que Se Crean Necesarios Para La Mayor Claridad É Inteligencia De Las Cuentas: N) Reunir Y Centralizar Las Diligencias De Visitas Practicadas En Las Habitaciones De Los Comandos Divisionarios Y Demás Unidades Del Ejército; Ñ) El Jefe De La Oficina De Contabilidad Pasará Al Ministro, El Sábado De Cada Semana, La Situación De Pagos De Personal Y Material Del Ejército; O) Consultar Con El Subsecretario Todas Las Resoluciones, Correspondencia Y Demás Asuntos Que Corresponde Á Su Resorte, Antes De Pasarlos Á La Firma Del Ministro

Decreto 815 de 1910 · Por el cual se reglamenta el Ministerio de Guerra

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º Corresponde al jefe de esta Sección cumplir lo dispuesto en el artículo 5º, más lo siguiente

a)

Liquidación de créditos, delegación de ellos y reconocimiento definitivo de gastos;

b)

Remesas para el servicio relacionado con el Ramo de Guerra;

c)

Embargos judiciales;

d)

Disponer el cumplimiento de ellos;

e)

Reclamaciones por sueldos, auxilios de marcha y haberes atrasados del Ejército, y las de otra naturaleza provenientes del Ramo de Guerra;

f)

Liquidación de pasaportes auxiliados;

g)

Examen y liquidación de los presupuestos, listas de revistas del Ejército y revistas de Comisario;

h)

Contabilidad de las Escuelas Militares;

i)

Lo relativo á la subsistencia y ajustamientos militares, en dinero ó en especies;

j)

Lo correspondiente á fianzas, su aceptación y efectividad;

k)

Legalización de gastos hechos por oficinas dependientes del Ministerio;

l)

Formación del proyecto de Presupuesto anual de Guerra; ll) Examen y substanciación de todo negocio que se refiera al Ramo de Contabilidad y demás asuntos conexionados con él;

m)

Llevar la cuenta general de los egresos del presupuesto de gatos del Ministerio de Guerra, y abrir los libros principales que al efecto se requieran y los auxiliares que se crean necesarios para la mayor claridad é inteligencia de las cuentas:

n)

Reunir y centralizar las diligencias de visitas practicadas en las Habitaciones de los Comandos Divisionarios y demás unidades del Ejército; ñ) El Jefe de la Oficina de Contabilidad pasará al Ministro, el sábado de cada semana, la situación de pagos de personal y material del Ejército;

o)

Consultar con el Subsecretario todas las resoluciones, correspondencia y demás asuntos que corresponde á su resorte, antes de pasarlos á la firma del Ministro. Oficina de Sanidad.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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