º Corresponde al jefe de esta Sección cumplir lo dispuesto en el artículo 5º, más lo siguiente
Liquidación de créditos, delegación de ellos y reconocimiento definitivo de gastos;
Remesas para el servicio relacionado con el Ramo de Guerra;
Embargos judiciales;
Disponer el cumplimiento de ellos;
Reclamaciones por sueldos, auxilios de marcha y haberes atrasados del Ejército, y las de otra naturaleza provenientes del Ramo de Guerra;
Liquidación de pasaportes auxiliados;
Examen y liquidación de los presupuestos, listas de revistas del Ejército y revistas de Comisario;
Contabilidad de las Escuelas Militares;
Lo relativo á la subsistencia y ajustamientos militares, en dinero ó en especies;
Lo correspondiente á fianzas, su aceptación y efectividad;
Legalización de gastos hechos por oficinas dependientes del Ministerio;
Formación del proyecto de Presupuesto anual de Guerra; ll) Examen y substanciación de todo negocio que se refiera al Ramo de Contabilidad y demás asuntos conexionados con él;
Llevar la cuenta general de los egresos del presupuesto de gatos del Ministerio de Guerra, y abrir los libros principales que al efecto se requieran y los auxiliares que se crean necesarios para la mayor claridad é inteligencia de las cuentas:
Reunir y centralizar las diligencias de visitas practicadas en las Habitaciones de los Comandos Divisionarios y demás unidades del Ejército; ñ) El Jefe de la Oficina de Contabilidad pasará al Ministro, el sábado de cada semana, la situación de pagos de personal y material del Ejército;
Consultar con el Subsecretario todas las resoluciones, correspondencia y demás asuntos que corresponde á su resorte, antes de pasarlos á la firma del Ministro. Oficina de Sanidad.