Micelio

Artículo 7

Ley 95 de 1959 · Por la cual se ordena la celebración del sesquicentenario de la Independencia Nacional

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Para la ejecución de las obras en Bogotá la Comisión Organizadora se integrará, además, con el Alcalde del Distrito Especial de Bogotá, y un representante de la Curia Primada, uno de la Sociedad de Mejoras y Ornato, y uno del Concejo del Distrito Especial de Bogotá.

Para las obras de fuéra de Bogotá se procederá de acuerdo con una comisión integrada por el respectivo Gobernador o su delegado, y un representante del correspondiente Centro de Historia, y de la' correspondiente Sociedad de Mejoras.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Ley 95 de 1959