Micelio

Artículo 3

Decreto 2713 de 1999 · por el cual se modifica la estructura de la Red de Solidaridad Social, y se determinan las funciones de sus dependencias.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º . Objetivos específicos. La Red de Solidaridad Social tendrá por objetivos específicos los siguientes

1.

Promover el mejoramiento de las condiciones de vida de la población más pobre y vulnerable del país, mediante la integralidad de los programas de la política de inversión social focalizada, de conformidad con las directrices que sobre el particular señalen el Gobierno Nacional y la ley del Plan Nacional de Desarrollo.

2.

Fomentar la concertación interinstitucional y la participación de las organizaciones no gubernamentales y de la comunidad, en la definición y gestión de su propio desarrollo, buscando que el esfuerzo institucional vaya acompañado de la presencia y desarrollo de acciones por parte del sector privado.

3.

Desarrollar procesos interinstitucionales de planeación participativa en torno a la temática de la superación de la pobreza, con el fin de que sea incluida en los planes de desarrollo local, regional y nacional.

4.

Promover la participación de los ciudadanos en las acciones del Estado, así como en la vida política, cívica y comunitaria del país, mediante el desarrollo de acciones que tengan por finalidad la promoción de la participación de los ciudadanos en las decisiones que los afectan, la promoción de los valores del pluralismo y del consenso como esenciales para garantizar la convivencia pacífica entre los colombianos, la apropiación de una cultura de respeto por los derechos humanos y sus medios de protección y el fortalecimiento de los mecanismos pacíficos de solución de conflictos.

5.

Impulsar el proceso de descentralización y la autonomía de las entidades territoriales y despertar en las instituciones de gobierno una actitud de servicio más cercana y comprometida con las comunidades, conforme a los principios de solidaridad, coordinación, subsidiariedad y concurrencia, a fin de fortalecer a los municipios, distritos y departamentos, para que puedan, por sí mismos, articularse al proceso de desarrollo global de la Nación.

6.

En desarrollo de los artículos 64, 65 y 66 de la Constitución Política, promover, en coordinación con las entidades competentes, programas de acceso progresivo a la propiedad de la tierra de los trabajadores agrarios, en forma individual o asociativa, a los servicios básicos de protección social. Al desarrollo integral de las actividades agrícolas, pecuarias, pesqueras, forestales y agroindustriales, con el fin de mejorar la calidad de vida de la población pobre y vulnerable del país.

Parágrafo

En cumplimiento de sus objetivos, la Red de Solidaridad Social estará sujeta a los criterios de concertación, focalización, proactividad y cofinanciación. Así mismo, en todas sus actuaciones atenderá los principios de la función administrativa y los principios de coordinación y colaboración, concurrencia y subsidiariedad consagrados en el Artículo 288 de la Constitución Política, con el propósito de alcanzar los fines encomendados en las materias de su competencia.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 2713 de 1999