El Interventor de Aduanas y Salinas debe ser perito en el servicio de estos ramos e hacienda pública, y tendrá para el desempeño de su cargo un Secretario y dos Escribientes, de su libre nombramiento y remoción. El Interventor tendrá un suplente para los casos de falta absoluta o temporal. El sueldo del Interventor será de cuatrocientos pesos ($ 400 ); el del Secretario de doscientos pesos ( $ 200 ), y de cien pesos ( $ 100 ) el de cada uno de los Escribientes.
El Interventor tendrá derecho a que se le reconozcan y paguen los gastos de viaje que haga en el desempeño de sus funciones, mediante la presentación de cuentas debidamente comprobadas.