Competencia disciplinaria del Alcalde Nominador. Para la aplicación de régimen disciplinario docente, en aquellas entidades territoriales donde no existan los cargos señalados en el último inciso del artículo 9º del Decreto 2480 de 1986, el alcalde nominador asumirá a calidad y competencia que esa disposición asigna al superior inmediato y/o administrativo.
Decreto 1706 de 1989 →Vigente
Artículo 30
Competencia Disciplinaria Del Alcalde Nominador
Decreto 1706 de 1989 · Por el cual se reglamentan los artículos 7°, 10 y 18 de la Ley 29 de 1989, y se dictan otras disposiciones.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.