º. Los espacios de televisión se clasifican según la franja de audiencia y según su horario. El Consejo Nacional de Televisión clasificará los espacios de televisión según su franja de audiencia. En tal virtud, determinará una franja especial para la audiencia infantil. Así mismo, el Consejo Nacional de Televisión, clasificará los espacios de televisión según su horario, atendiendo, entre otros criterios, la habitual magnitud potencial de audiencia.
Decreto 772 de 1994 →Vigente
Artículo 3
º
Decreto 772 de 1994 · Por el cual se reglamenta la Ley 14 de 1991 y se dictan otras disposiciones
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.