Micelio

Artículo 8

El Folio De Matrícula De Propiedad De Vehículos Automotores Terrestres Señalara, Con Cifras Distintas, La Oficina De Registro, La Naturaleza Del Bien, Su Destinación Y En General, Sus Rasgos Individuales De Conformidad Con Lo Que Disponga El Reglamento

Decreto 1250 de 1970 · Por el cual se expide el estatuto del registro de instrumentos públicos

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º. El folio de matrícula de propiedad de vehículos automotores terrestres señalara, con cifras distintas, la oficina de registro, la naturaleza del bien, su destinación y en general, sus rasgos individuales de conformidad con lo que disponga el reglamento.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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