Micelio

Artículo 4

Decreto 2189 de 2001 · por el cual se establece una medida de salvaguardia para la importación de cadenas eslabonadas, pulidas o galvanizadas.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º . La determinación de origen de la mercancía se efectuará de la siguiente forma: El país de origen de la mercancía será aquel donde ocurra cualquiera de los siguientes eventos

1.

Que la mercancía sea producida en el territorio de ese país exclusivamente a partir de materiales originarios de ese país, o

2.

Que cumpla con salto de partida arancelaria y un valor agregado nacional del sesenta por ciento (60%), determinado con base en el método de valor de transacción y se calculará aplicando la siguiente fórmula: donde: VAN: Valor agregado nacional expresado como porcentaje. VT: Valor de transacción de un bien ajustado sobre la base FOB. VMN: Valor de los materiales no originarios utilizados por el productor en la producción del bien. El valor de un material no originario utilizado en la producción de un bien incluirá el flete, seguro, costos de empaque y todos los demás costos en que se haya incurrido para el transporte del material hasta el puerto habilitado para la importación en el país donde se ubica el productor del bien.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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