º . Fíjase para el Director General del Instituto Nacional de Radio y Televisión, una asignación básica mens ual de treinta y seis mil doscientos pesos ($ 36.200.00) y gastos de representación de treinta mil seiscientos pesos ($ 30.600.00) mensuales. Para el Secretario General y los Subdirectores, fíjase una asignación básica mensual de treinta y tres mil pesos ($ 33.000.00) y gastos de representación de veintiséis mil cuatrocientos pesos ($ 26.400.00) mensuales.
Decreto 327 de 1981 →Vigente
Artículo 4
º
Decreto 327 de 1981 · por el cual se establece la escala de remuneración para los empleos del Instituto Nacional de Radio y Televisión, y se dictan otras disposiciones.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.