Abandono del cargo. El abandono del cargo se produce cuando Un empleado sin justa causa
No reasume sus funciones al vencimiento de una licenciá, permiso, vacaciones, o comisión;
Deje de concurrir al trabajo por cinco (5) días consecutivos, sin causa justificada;
No concurra al trabajo antes de serle concedida autorización para retirarse del servicio, o en caso de renuncia antes dé vencerse el plazo de que trata el articulo 27 del presente Decreto;
Sé abstenga, de prestar el servicio antes de que asuma el cargó, quien ha de reemplazarlo,