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Artículo 2

Con Base En El Recurso De Que Trata El Artículo Anterior, Ábrense Los Siguientes Créditos Adicionales Al Presupuesto De Gastos Para La Vigencia Fiscal De 1971

Decreto 2372 de 1971 · Por el cual se abren unos créditos adicionales al Presupuesto de Rentas e Ingresos y Ley de Apropiaciones para la vigencia fiscal de 1971 (Departamento Administrativo de Aeronáutica Civil y Ministerios de Defensa Nacional, Policía Nacional, Educación Nacional, Comunicaciones y Obras Públicas), por $ 39.726.400.00

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El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

° Con base en el recurso de que trata el artículo anterior, ábrense los siguientes créditos adicionales al Presupuesto de Gastos para la vigencia fiscal de 1971. PRESUPUESTO DE FUNCIONAMIENTO. Policía Nacional. Capítulo 191. Policía Nacional. Programa 202. Servicios policiales. Gastos generales. 105 - 132 - 201. Artículo 1918. Mantenimiento y aseguros $ 1.438.400.00 105 - 132 - 203. Artículo 1919. Compra de equipo 6.938.000.00 106 - 132 - 211. Artículo 1923. Materiales y suministros 600.000.00 Ministerio de Comunicaciones. Capítulo 331. Ministerio de Comunicaciones. Programa 341. Dirección Superior. Transferencias 202.- 331 - 402. Artículo 3420. Caja de Previsión Social de Comunicaciones 8.000.000.00 Presupuesto de Inversión. Departamento Administrativo de Aeronáutica Civil. Capítulo 520. Departamento Administrativo de aeropuertos. Programa 520. Construcción y rehabilitación de Aeropuertos. 475 - 265. Artículo 5202. Construcción y rehabilitación de aeropuertos 1.700.000.00 Proyecto 6. Aeropuerto de Florencia, Caquetá 500.000.00 Proyecto 16. Aeropuerto de Neiva, Huila 1.200.000.00 Ministerio de Defensa Nacional. Capítulo 580. Ministerio de Defensa. Programa 581. Adquisición y renovación de equipo Militar. 478 - 154. Artículo 5804, Fuerza Aérea 15.000.000.00 Proyecto 1. Reparación, renovación, compra de equipo, obras de infraestructura, gastos de entrenamiento, consecución de material y otros gastos inherentes a la adquisición de equipo 15.000.000.00 Ministerio de Educación Nacional. Capítulo 680. Ministerio de Educación Nacional. Programa 686. Fomento de la Educación Superior. 588 - 314. Artículo 6903-Ñ. Para la Universidad "Jorge Tacleo Lozano", de Bogotá, por intermedio del Instituto Colombiano para la Educación Superior 1.000.000.00 Ministerio de Obras Públicas. Capítulo 710. Ministerio de Obras Públicas. Programa 713. Electrificación. Subprograma 1. Aprovechamiento de aguas y fomento eléctrico. Para entregar al Instituto Colombiano de Energía Eléctrica, como aporte de capital del Estado para financiar las obras detalladas a continuación: 582 - 244. Artículo 7183. Para atender al servicio de la deuda del Instituto 5.000.000.00 Programa 717. Aportes para obras públicas, en los Departamentos, Municipios y Territorios Nacionales Subprograma 4. Obras varías. 612 - 432. Artículo 7245-A. Departamento de Cundinamarca 50.000.00 Proyecto 1. Templo San Cristóbal, Sur, Bogotá (Ley 19 de 1948) 50.000.00 Suman los créditos $ 39.726.400.00

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Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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