º Las máquinas, herramientas y toda clase de elementos de trabajo y de sanidad que se adquieran con los fondos nacionales destinados a la ejecución de los estudios necesarios para la construcción del Parque Nacional de Medellín, serán de propiedad exclusiva de la Nación, no podrán ser empleados para fines distintos sin previa autorización del Ministerio de Obras Públicas, y serán devueltos a éste una vez terminada la delegación.
Artículo 6
Las Máquinas, Herramientas Y Toda Clase De Elementos De Trabajo Y De Sanidad Que Se Adquieran Con Los Fondos Nacionales Destinados A La Ejecución De Los Estudios Necesarios Para La Construcción Del Parque Nacional De Medellín, Serán De Propiedad Exclusiva De La Nación, No Podrán Ser Empleados Para Fines Distintos Sin Previa Autorización Del Ministerio De Obras Públicas, Y Serán Devueltos A Éste Una Vez Terminada La Delegación
Decreto 1701 de 1943 · Por el cual se reglamenta la inversión de la partida apropiada en el Presupuesto extraordinario de la actual vigencia para la construcción del Parque Nacional de Medellín, y se delega en la Gobernación del Departamento de Antioquia la ejecución de los estudios y proyectos de la obra
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.