Micelio

Artículo 6

Las Máquinas, Herramientas Y Toda Clase De Elementos De Trabajo Y De Sanidad Que Se Adquieran Con Los Fondos Nacionales Destinados A La Ejecución De Los Estudios Necesarios Para La Construcción Del Parque Nacional De Medellín, Serán De Propiedad Exclusiva De La Nación, No Podrán Ser Empleados Para Fines Distintos Sin Previa Autorización Del Ministerio De Obras Públicas, Y Serán Devueltos A Éste Una Vez Terminada La Delegación

Decreto 1701 de 1943 · Por el cual se reglamenta la inversión de la partida apropiada en el Presupuesto extraordinario de la actual vigencia para la construcción del Parque Nacional de Medellín, y se delega en la Gobernación del Departamento de Antioquia la ejecución de los estudios y proyectos de la obra

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El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º Las máquinas, herramientas y toda clase de elementos de trabajo y de sanidad que se adquieran con los fondos nacionales destinados a la ejecución de los estudios necesarios para la construcción del Parque Nacional de Medellín, serán de propiedad exclusiva de la Nación, no podrán ser empleados para fines distintos sin previa autorización del Ministerio de Obras Públicas, y serán devueltos a éste una vez terminada la delegación.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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