Secretaría Técnica. La Secretaría Técnica del Consejo Nacional Ambiental será ejercida por el Viceministro de Ambiente y Desarrollo Sostenible, el cual desarrollará, además de las incorporadas en el reglamento del Consejo Nacional Ambiental, las siguientes:
Actuar como Secretario en las reuniones del Consejo y de sus comisiones y suscribir las actas.
Convocar a las sesiones del Consejo conforme al reglamento y a las instrucciones impartidas por su Presidente.
Presentar al Consejo los informes, estudios y documentos que deban ser examinados.
Las que el Consejo Nacional Ambiental le asigne.
(Decreto 3570 de 2011, artículo 30)