Micelio

Artículo 3

Vigencia

Decreto 539 de 2004 · por el cual se determinan los Aranceles Intracuota y los Contingentes Anuales para la importación de maíz amarillo, arroz y sorgo en desarrollo del Mecanismo Público de Administración de Contingentes Agropecuarios, MAC.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

°. Vigencia . Los Contingentes Anuales y los Aranceles Intracuota determinados en los artículos 1° y 2° del presente decreto regirán como se indica a continuación

1.

Para las subpartidas arancelarias 1005.90.11.00 y 1007.00.90.00, correspondientes al maíz amarillo y al sorgo, respectivamente, a partir de la publicación del presente decreto y hasta el 31 de diciembre de 2004.

2.

Para las subpartidas arancelarias 1006.10.90.00, 1006.20.00.00, 1006.30.00.00 y 1006.40.00, correspondientes al arroz, a partir de la publicación del presente decreto y hasta el 15 de junio de 2004.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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