º Los Contadores de los Cuerpos de tropas girarán por el valor de loa auxilios de marera de los conscriptos, de acuerdo con el numeral 6º y siguientes del artículo 2º del Decreto 386, de 28 de febrero del año de 1917, y precia distribución que el Ministerio de Guerra hará oportunamente para cada Cuerpo da tropas, de conformidad con los cuadros sinópticos elaborados por los Comandos de Brigada, y entregarán a los Oficiales de Reclutamiento la parte correspondiente a los conscriptos del Distrito Que les esté encomendado .
Artículo 3
Los Contadores De Los Cuerpos De Tropas Girarán Por El Valor De Loa Auxilios De Marera De Los Conscriptos, De Acuerdo Con El Numeral 6º Y Siguientes Del Artículo 2º Del Decreto 386, De 28 De Febrero Del Año De 1917, Y Precia Distribución Que El Ministerio De Guerra Hará Oportunamente Para Cada Cuerpo Da Tropas, De Conformidad Con Los Cuadros Sinópticos Elaborados Por Los Comandos De Brigada, Y Entregarán A Los Oficiales De Reclutamiento La Parte Correspondiente A Los Conscriptos Del Distrito Que Les Esté Encomendado
Decreto 1017 de 1918 · Por el cual se llama al servicio activo al segundo contingente de reemplazo de 1918
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.