Micelio

Artículo 22

La Estructura Interna Del Club Será Determinada Por La Junta Directiva De Acuerdo A Las Disposiciones Vigentes Y Ajustándose A La Siguiente Nomenclatura: 1ª

Decreto 894 de 1978 · Por el cual se aprueban los Estatutos del Club Militar

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

La estructura interna del Club será determinada por la Junta Directiva de acuerdo a las disposiciones vigentes y ajustándose a la siguiente nomenclatura: 1ª. Las Unidades de nivel directivo se denominarán Subgerencias, Subdirecciones, Vicepresidencias o Subsecretarías; 2ª. Las Unidades que cumplan funciones de asesoría o coordinación se denominarán Oficinas o Comités, y Consejos cuando incluyan personas ajenas al organismo; 3ª. Las Unidades Operativas, incluidas las que atienden los servicios administrativos internos, se denominarán Divisiones o Secciones y Grupos; 4ª. Las Unidades que se creen para el estudios o decisión de asuntos especiales se denominarán Comisiones o Juntas. CAPITULOV PERSONAL

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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