º Vigencia. El presente Decreto rige a partir de la fecha en que se realice la incorporación de los funcionarios a la nueva planta de personal de la Unidad Administrativa Especial Dirección de Aduanas Nacionales, previa su publicación.
Decreto 1950 de 1992 →Vigente
Artículo 9
Vigencia
Decreto 1950 de 1992 · Por el cual se reglamenta el inciso 5° del artículo 106 de la Ley 6ª de 1992, sobre el sistema especial de contratación de la unidad administrativa especial Dirección de Aduanas Nacionales.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.