Micelio

Artículo 15

Ley 43 de 1973 · por la cual la Nación se asocia al primer centenario de la reconstrucción de la ciudad de Cúcuta.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

El Gobierno Nacional incluirá en el Presupuesto Nacional de las próximas vigencias las partidas necesarias para el cumplimiento de esta Ley y también se le faculta para hacer traslados, abrir créditos, hacer o autorizar empréstitos ajustándose a los planes y programas que proyecte realizar y a las recomendaciones que le prede Cúcuta, todos ellos tendientes a dotar a Cúcuta y a los Municipios afectados por el terremoto del 18 de mayo de 1875 de las obras que considere indispensables para su progreso y desarrollo económico y social.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Ley 43 de 1973