Micelio

Artículo 1011

Ley 103 de 1923 · Sobre Organización Judicial y Procedimiento Civil

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Si el deudor no presentare la cuanta reformada en el término que se le señale, y de acuerdo con las objeciones aceptadas, el Juez nombrará un perito contador para que haga la reforma en el término que le señale, a costa del deudor.

Presentada la cuenta reformada por el perito contador y de acuerdo con lo ordenado, el Juez aprobará las cuentas.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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