Cordón pava Ayudantes. Tejido de hilo de metal plateado, más o menos de ochenta y dos centímetros de largo en total; en cada uno de los extremos lleva una argolla delgada, de dos y medio centímetros de largo; el tejido se compone de cincuenta y ocho cadenetas y tiene de largo más o monos setenta y dos centímetros; el ancho del tejido en los extremos es, mes o menos, de diez y nueve milímetros, y en el centro de veinticuatro o veinticinco milímetros. Para asegurar el cordón, se coloca debajo de las presillas un pequeño botón de cuerno, al cual van asegurados los dos extremos del cordón, de manera que cuelga de debajo de la axila derecha. En los dos extremos lleva el cordón unos nudos corredizos del misino tejido, y de uno de ellos salen dos cordones delgados; uno de ocho y medio centímetros y el otro de once centímetros y medio de largo; en cada uno de los extremos va un lapicero simulado, de metal plateado, de seis centímetros y medio de largo.
Decreto 333 de 1937 →Vigente
Artículo 18
Cordón Pava Ayudantes
Decreto 333 de 1937 · Por el cual se reglamenta el uniforme de los miembros del Ejército
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.