Comisiones del servicio . El personal civil del Ministerio de Defensa y de la Policía Nacional, puede ser destinado en comisión del servicio con el fin de ejecutar determinados actos, ejercer ciertas funciones dentro de la Institución o fuera de ella, adelantar estudios, someterse a tratamiento médico y representar al Ministerio de Defensa, a la Policía Nacional o al Gobierno en reuniones o ceremonias de interés profesional o general, tanto dentro del país como al exterior. Estas últimas solamente podrán disponerse para empleados públicos.
Decreto 2247 de 1984 →Vigente
Artículo 65
Comisiones Del Servicio
Decreto 2247 de 1984 · Por el cual se modifica el Estatuto de Personal Civil del Ministerio de Defensa y de la Policía Nacional
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.