Verificación especial . No podrá ejercer la actividad de Intermediación Aduanera, ni anunciarse como tal, quien no cuente con el Certificado de Autorización vigente o se encuentre suspendido por la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales en ejercicio de sus funciones.
Previa la realización de cualquier trámite ante la administración aduanera, el funcionario correspondiente deberá verificar que el intermediario cuente con el Certificado de Autorización. Si como consecuencia de tal verificación se determina que éste no cuenta con el Certificado o que éste no se encuentra vigente, la autoridad aduanera devolverá la documentación respectiva para que se presente en debida forma.