Micelio

Artículo 15

Verificación Especial

Decreto 2532 de 1994 · por el cual se establecen los mecanismos para ejercer la actividad de Intermediación Aduanera

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Verificación especial . No podrá ejercer la actividad de Intermediación Aduanera, ni anunciarse como tal, quien no cuente con el Certificado de Autorización vigente o se encuentre suspendido por la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales en ejercicio de sus funciones.

Parágrafo

Previa la realización de cualquier trámite ante la administración aduanera, el funcionario correspondiente deberá verificar que el intermediario cuente con el Certificado de Autorización. Si como consecuencia de tal verificación se determina que éste no cuenta con el Certificado o que éste no se encuentra vigente, la autoridad aduanera devolverá la documentación respectiva para que se presente en debida forma.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 2532 de 1994