Micelio

Artículo 13

Decreto 2236 de 1987 · por el cual se reglamenta el Decreto 0054 de 1987, sobre funcionamiento del Cuerpo Técnico de Policía Judicial.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

La Secretaría General del Cuerpo Técnico de Policía Judicial será la misma de la Dirección Nacional de Instrucción Criminal y tendrá las siguientes funciones

a)

Coordinar el funcionamiento de las diferentes oficinas de la Dirección Nacional de Instrucción Criminal en lo relacionado con las funciones de Instrucción Criminal y Policía Judicial.

b)

Proyectar las resoluciones que debe autorizar el Director Nacional para el ejercicio de las funciones a él asignadas.

c)

Promover y atender el bienestar de los funcionarios y empleados de la Dirección Nacional de Instrucción Criminal, Direcciones Seccionales y Cuerpo Técnico de Policía Judicial, en coordinación con la División Administrativa.

d)

Las demás que le asigne el Director Nacional de Instrucción Criminal.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 2236 de 1987