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Artículo 74

Funciones De La Gerencia De Transporte De Valores

Decreto 2846 de 2009 · por el cual se modifica la estructura del Banco Agrario de Colombia S.A. y se determinan las funciones de sus dependencias.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Funciones de la Gerencia de Transporte de Valores. Son funciones de la Gerencia de Transporte de Valores

1.

Aprovisionar efectivo a la red de Oficinas, cajeros, Corresponsales no bancarios cajas extendidas y convenios, eficiente y oportunamente, mediante herramientas que le permita estimar el nivel de efectivo requerido por cada uno de ellos.

2.

Generar políticas, procesos y procedimientos de administración del efectivo.

3.

Diseñar modelos para el adecuado pronóstico y optimización del efectivo del que debe disponer la red de oficinas.

4.

Diseñar estrategias para la rentabilización de la gestión del efectivo.

5.

Establecer los controles requeridos que permitan administrar eficientemente el efectivo.

6.

Proponer estrategias para la administración del personal de la gerencia y ejecutar, ordenar y verificar el cumplimiento de las políticas y procedimientos definidos por el Banco en materia de evaluación, capacitación, desarrollo del recurso humano. Proponer la selección, promoción, contratación y traslado del personal de su Gerencia.

7.

Ejecutar todas las actividades de la dependencia de acuerdo con las políticas definidas por la Vicepresidencia de Riesgos.

8.

Identificar mejores prácticas en los procesos a su cargo y guiar su implementación.

9.

Responder por la utilización racional y efectiva del presupuesto asignado a la dependencia.

10.

Ejercer las demás funciones que señalen la ley, los estatutos, los reglamentos y las que correspondan de acuerdo con la naturaleza de la dependencia.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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