La cantidad que el Poder Ejecutivo reconozca a favor de Paúl, en virtud de la autorizacion que se le confiere por el artículo anterior, se le pagará en libranzas de las mandadas emitir por el artículo 1.° de la lei 60 de 1878.
Ley 45 de 1880 →Vigente
Artículo 2
Poder Ejecutivo Nacional.-Bogotá,
Ley 45 de 1880 · Por la cual se concede una autorización al Poder Ejecutivo para que entre en arreglos con el señor Felipe Padi por los daños i perjuicios que sufrió durante la guerra de 1876 a 1877
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.