Micelio

Artículo 19

Decreto 261 de 2000 · Por el cual se modifica la estructura de la Fiscalía General de la Nación y se dictan otras disposiciones

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Dirección de Asuntos Internacionales. La Dirección de Asuntos Internacionales tiene las siguientes funciones

1.

Asesorar al Fiscal General en la definición de la política y diseño de los mecanismos relativos al intercambio de pruebas e información requerida por otros países u organismos internacionales y por la justicia colombiana.

2.

Atender los requerimientos de las autoridades competentes en materia de cooperación judicial en lo relativo al control de la ejecución de las solicitudes de asistencia judicial recíproca.

3.

Llevar el registro sobre el estado de las investigaciones referentes a violación de derechos humanos e infracciones al derecho internacional humanitario y, atender los requerimientos formulados por organismos gubernamentales y no gubernamentales nacionales e internacionales.

4.

Gestionar bajo la coordinación del Vicefiscal General de la Nación, la cooperación técnica internacional con los distintos gobiernos y agencias internacionales interesadas en el desarrollo de los programas que adelanta la Fiscalía General de la Nación.

5.

Adelantar a instancias del Fiscal General de la Nación los trámites administrativos que en materia de extradición se requieran.

6.

Hacer seguimiento a los compromisos internacionales adquiridos por Colombia en las áreas de competencia de la Fiscalía.

7.

Las demás funciones que le sean asignadas por el Fiscal General de la Nación y que guarden relación con la naturaleza de la dependencia.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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