Art. 10. Lo dispuesto en los dos artículos anteriores se refiere únicamente a los relijiosos i a las relijiosas que hubieren hecho su profesion ántes del 9 de setiembre de 1861.
Ley 58 de 1874 →Vigente
Artículo 10
Ley 58 de 1874 · Que deroga varias disposiciones del Código Fiscal i reforma otra
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.