Micelio

Artículo 52

Decreto 520 de 1882 · Orgánico del Instituto nacional de Agricultura

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Art. 52. Los alumnos oficiales, sean los nombrados por los Gobiernos de los Estados, ó los que nombre el Poder ejecutivo nacional, gozarán desde el 1.° de Febrero de una asignacion anual de cincuenta pesos ($50) pagaderos por duodécimas partes, pero no tendrán derecho á vestido.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 520 de 1882