Micelio

Artículo 4

Decreto 1707 de 1931 · Por el cual se reglamentan las Leyes 31 de 1925 y 94 de 1931, sobre protección de la propiedad industrial

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º . No se podrá anunciar un producto para un uso distinto de aquel a que se refiere la respectiva patente, ni venderlo con indicaciones diferentes de las expresadas en la misma patente.

Parágrafo

La contravención a este artículo ocasionará la cancelación de la patente, para lo cual las autoridades que tengan noticia de la infracción darán cuenta detallada al Ministerio del ramo, el que, en vista de los documentos que se le presente, dictara la correspondiente resolución que notificada, se publicará en el Diario Oficial, en la forma prevenida por el artículo 4º, de la Ley 77 de 1931.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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