La presente Ley no regirá en el Departamento de Nariño sino pasados cuatro
Años después de su promulgación.
Ley 104 de 1919 · Por la cual se dispone la división de algunos terrenos de resguardo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
La presente Ley no regirá en el Departamento de Nariño sino pasados cuatro
Años después de su promulgación.
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.