Micelio

Artículo 3

Ley 9 de 1973 · por la cual se reviste al Presidente de la República de Facultades extraordinarias para reorganizar el Sistema Nacional de Salud y el Ministerio de Salud Pública y se dictan otras disposiciones pertinentes.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º. Las adquisiciones de productos farmacéuticos de asistencia médica y odontológica, instrumental y equipos y los bienes muebles para el funcionamiento de los organismos de salud se harán de conformidad con las reglamentaciones que establezca el Ministerio de Salud Pública.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Ley 9 de 1973