Todos los dueños de terrenos expuestos a inundaciones por las aguas que salen de la Laguna de Fúquene o entran a ella, están obligados, a pagar a prorrata del valor de su propiedad inundable, la suma que corresponda en la distribución del presupuesto que haga formar el Gobierno para realizar la empresa de desaguar los pantanos.
Ley 137 de 1888 →Vigente
Artículo 1
Ley 137 de 1888 · Que reforma los números 23 de 1887 y 19 del año en curso
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.