Micelio

Artículo 4

Información Al Gobierno Nacional

Ley 709 de 2001 · por medio de la cual se autoriza a la asamblea departamental del Guaviare para emitir la estampilla Pro-Hospitales del departamento del Guaviare.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Las providencias expedidas por la Asamblea Departamental del Guaviare en desarrollo de la presente ley, serán puestas en conocimiento del Gobierno Nacional a través del Ministerio de Hacienda y Crédito Público en su dirección de apoyo fiscal.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Ley 709 de 2001