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Artículo 1

Adiciónase La Lista De Mercancías De Prohibida Importación Establecida Por El Artículo 1° Del Decreto Número 0638 Del 20 De Marzo De 1951, Con Los Siguientes Artículos: Posición

Decreto 1628 de 1951 · Por el cual se modifica y adiciona el Decreto número 638 del 20 de marzo de 1951

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

° Adiciónase la lista de mercancías de prohibida importación establecida por el artículo 1° del Decreto número 0638 del 20 de marzo de 1951, con los siguientes artículos: Posición. Artículo. Ex. 150 Sopas listas para el consumo, en cualquier envase. Ex. 324 Betunes para calzado, cera para pisos y jabones que contentan substancias abrasivas, 294 Molduras para muebles, para marcos, para decoración interior y similares

a)

En bruto;

b)

Cubiertas con yeso o pasta, aun moldeadas en relieve o en hueco, pero no terminadas;

c)

Enchapadas, pulidas pintadas, barnizadas, bronceadas, plateadas, doradas, etc. 527 Tejidos de algodón lisos:

d)

Mercerizados, lustrados moires gaufrés, de un peso por metro cuadrado: Ex. 2 De 60 hasta 100 gramos, estampados, Ex. 3 de más de 100 hasta 120 gramos, inclusive, estampados y todos los demás que pesen más de 120 gramos. 528 Tejidos de algodón labrados: a) Brocados; b) Labrados de otra manera. 529 Tejidos de algodón mezclados. Ex. 755-a-2 Viruta de hierro o acero para pulir pisos. 812 Aparatos para el alumbrado y lámparas de cualquier clase, arañas de luces, y sus partes, no denominadas ni comprendidas en otra parte, de metales comunes, aún con accesorios o parte de otras materias: d) Lámparas, lámparas colgantes y arañas de luces, en fundición, lámina o alambre de hierro o acero, excepto las eléctricas de uso técnico y todas las de funcionamiento por sistema distinto de la electricidad; f) otros artículos para el alumbrado, en metales comunes, excepto los eléctricos de uso técnico y los que funcionen por sistema distinto de la electricidad.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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