Micelio

Artículo 2.2.8.18.10.1

Oportunidad Para El Uso De Los Medios De Policía

Decreto 1070 de 2015 · por el cual se expide el Decreto Único Reglamentario del Sector Administrativo de Defensa.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Oportunidad para el uso de los medios de policía.Los medios de policía podrán ser empleados por las autoridades de policía antes, durante o después de la posible ocurrencia de un comportamiento contrario a la convivencia, de acuerdo con las circunstancias, utilizando aquellos cuya naturaleza permitan el restablecimiento de la convivencia de manera inmediata y atendiendo las situaciones de riesgo específico de los motivos de policía, así como las consecuencias por su aplicación. En ningún caso, los particulares podrán hacer uso de los medios de policía o imponer las medidas correctivas legalmente establecidos por el legislador, ni podrán ser delegados por la autoridad competente para ejercer poder, función o actividad de policía.

TEXTO CORRESPONDIENTE A

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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