Autorízase á los Gobernadores para abrir un crédito extraordinario al Presupuesto de Gastos, en la cantidad que estimen estrictamente necesaria, la cual servirá para auxiliar á los Distritos pobres que no puedan hacer el gasto de material de los Jurados electorales y de votación.
Decreto 313 de 1890 →Vigente
Artículo 1
Decreto 313 de 1890 · Por el cual se autoriza a los gobernadores para abrir un crédito extraordinario al Presupuesto de Gastos
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.