Micelio

Artículo 43

Decreto 244 de 1999 · por el cual se ordena la publicación del Proyecto de Acto Legislativo "Sobre la Reforma de la Política Colombiana e Instrumentos para la Paz"

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

El inciso 2º y el inciso 6º del artículo 356, quedará así: Inciso 2º. "Determinará así mismo el situado fiscal, esto es, el porcentaje de los ingresos corrientes de la Nación que será cedido a los departamentos, el Distrito Capital de Santa Fe de Bogotá y los distritos especiales de Cartagena, Santa Marta, Barranquilla y Buenaventura, para la atención directa, o a través de los municipios, de los servicios que se le asignen". Inciso 6º. "Un quince por ciento (15%) del situado fiscal se distribuirá por partes iguales entre los departamentos, el Distrito Capital de Santa Fe de Bogotá y los distritos especiales de Cartagena, Santa Marta, Barranquilla y Buenaventura".

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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