° Delégase en la Alcaldía de Bogotá la negociación de la casa donde vivió el doctor Gaitán, y la de los bienes de que tratan los artículos 1° y 2° del Decreto legislativo número 1265 de 17 de abril del presente año. El contrato o contratos que con este fin celebre la Alcaldía, requerirán para su validez únicamente de la aprobación del señor Presidente de la República, previo concepto favorable del Consejo de Ministros.
Decreto 1371 de 1948 →Vigente
Artículo 1
Delégase En La Alcaldía De Bogotá La Negociación De La Casa Donde Vivió El Doctor Gaitán, Y La De Los Bienes De Que Tratan Los Artículos 1° Y 2° Del Decreto Legislativo Número 1265 De 17 De Abril Del Presente Año
Decreto 1371 de 1948 · Por el cual se provee al cumplimiento del Decreto legislativo número 1265 del 17 de abril de 1948
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.