Micelio

Artículo 10

Los Equipos De Construcción De Carreteras Disponibles Y De Propiedad Del Instituto, Serán Entregados Al Ministerio De Guerra

Decreto 461 de 1956 · Por el cual se aumenta el capital de la Caja de Crédito Agrario, Industrial y Minero, y se incorpora a ella el Instituto de Colonización e Inmigración

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

° Los equipos de construcción de carreteras disponibles y de propiedad del Instituto, serán entregados al Ministerio de Guerra.

Parágrafo

En la liquidación del Instituto se adjudicara a la Nación con destino al Ministerio de Guerra, la finca denominada "Resacas", situada en jurisdicción del Municipio de Melgar, y adquirida según escritura número 4840 de 1955, otorgada en la Notaria Segunda del Circuito de Bogotá, deduciendo su valor de los aportes de la Nación al mismo Instituto.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 461 de 1956