Micelio

Artículo 224

Decreto 2062 de 1984 · Por el cual se reorganiza la Carrera de Oficiales y Suboficiales de la Policía Nacional

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Validez profesional de grados policiales . Los grados que el Gobierno Nacional otorgue a los Ofíciales de la Policía Nacional, a partir del grado de Capitán se consideraran títulos, profesionales para todos los efectos y, por lo tanto habilitarán a quienes, los posean para el desempeño, de funciones públicas en cargos que de acuerdo con las; correspondientes disposiciones orgánicas o estatutarias, exijan acreditar tales títulos.'

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 2062 de 1984