Funciones de la Dirección de Justicia Transicional. Son funciones de la Dirección de Justicia Transicional, las siguientes: Asesorar y proponer la formulación de la política de Estado en materia de justicia transicional. Coordinar y articular los comités y los subcomités que sean implementados o creados en materia de justicia transicional, y apoyar la Secretaría Técnica de los mismos, de acuerdo con las instrucciones impartidas por el Viceministro de Política Criminal y Justicia Restaurativa. Apoyar a las instancias competentes en el desarrollo de las actividades inherentes a la ejecución de los procesos de justicia transicional. Apoyar a las entidades y autoridades competentes en la coordinación de los procesos de reinserción y resocialización de los desmovilizados en el marco normativo de la justicia transicional. Realizar con las entidades competentes el seguimiento y evaluación de los procesos judiciales de justicia transicional y formular las recomendaciones a que haya lugar. Coordinar con la Dirección de Política Criminal y Penitenciaria el apoyo al cumplimiento de las medidas de aseguramiento y el tratamiento penitenciario de los desmovilizados de grupos armados al margen de la ley, cuando a ello haya lugar. Estudiar, tramitar y proyectar para el visto bueno del Viceministro de Política Criminal y Justicia Restaurativa y para la firma del Ministro de Justicia y del Derecho, actos administrativos relativos a indultos de conformidad con la legislación vigente. Propender y velar por la unificación y coherencia de criterios sobre el contenido y aplicación de las políticas de justicia transicional del Estado. Preparar los proyectos de las postulaciones individuales y colectivas a ser presentadas a la Fiscalía General de la Nación, de acuerdo con la normatividad vigente. Promover y realizar los análisis, estudios e investigaciones necesarias para generar conocimiento y el fortalecimiento de las políticas en materia de justicia transicional con las entidades que tengan responsabilidad en el tema. Preparar proyectos normativos sobre temas de su competencia, apoyar su presentación, discusión y seguimiento, así como efectuar el respectivo análisis normativo y jurisprudencial, en coordinación con la Dirección de Desarrollo del derecho y el Ordenamiento Jurídico y la Dirección Jurídica, cuando así se requiera. Presentar informes relativos al desarrollo de las políticas, los planes y programas en materia de su competencia. Apoyar el desarrollo y sostenimiento del Sistema Integrado de Gestión, y la observancia de sus recomendaciones en el ámbito de su competencia. Atender las peticiones relacionadas con asuntos de su competencia. Las demás funciones asignadas que correspondan a la naturaleza de la dependencia.
Decreto 1427 de 2017 →Vigente
Artículo 20
Funciones De La Dirección De Justicia Transicional
Decreto 1427 de 2017 · por el cual se modifica la estructura orgánica y se determinan las funciones de las dependencias del Ministerio de Justicia y del Derecho.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.