Micelio

Artículo 31

Decreto 512 de 1989 · por el cual se modifica la estructura del Departamento Administrativo de Seguridad y se establecen las funciones generales de la entidad específicas de sus dependencias.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

De la Dirección General de Inteligencia . Corresponde a la Dirección General de Inteligencia

a)

Asistir al Jefe del Departamento, en todos los asuntos técnicos y operativos relacionados con la inteligencia interna y externa del Estado.

b)

Dirigir y coordinar la programación, búsqueda y recolección de informaciones sobre conductas, planes, hechos, actividades, personas y medios que en forma directa o indirecta puedan afectar la seguridad interna y externa del país.

c)

Dirigir y supervisar el proceso de clasificación, análisis y difusión de la información de inteligencia para hacerlo útil en la toma de decisiones relacionadas con el orden público y la seguridad del Estado.

d)

Mantener actualizados los archivos comunes y los especializados a fin de garantizar su rápida consulta y empleo.

e)

Preparar los boletines de inteligencia y distribuirlas oportunamente a la Presidencia de la República, al Consejo Nacional de seguridad, a los Ministerios, Departamentos Administrativos y demás organismos oficiales que en razón de sus funciones los requieran.

f)

Intercambiar informaciones con otras agencias de inteligencia, particularmente de las Fuerzas Militares y de la Policía Nacional.

g)

Coordinar e intercambiar informaciones con organismos similares del exterior para colaborar recíprocamente en la prevención y tratamiento de las perturbaciones de carácter internacional.

h)

Suministrar la información indispensable a la Dirección de Investigación y Seguridad Rural cuando resulte útil para programar operaciones contra la delincuencia organizada.

i)

Supervisar y coordinar el funcionamiento de las Divisiones a su cargo y el trámite de sus respectivos documentos y proyectos.

j)

Organizar los sistemas de vinculación, movilización y control del personal de agentes secretos y el trámite de nóminas especiales.

k)

Controlar los equipos, medios y elementos de dotación de la Dirección General de Inteligencia.

l)

Dirigir y coordinar los trabajos de inteligencia de las unidades regionales, seccionales, y puestos operativos del Departamento en todo el país. ll) Cumplir las demás tareas que le asigne el Jefe del Departamento.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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