Micelio

Artículo 1

Hácense Los Siguientes Traslados En El Presupuesto Vigente: Ministerio De Hacienda Y Crédito Público

Decreto 159 de 1949 · por el cual se hacen unos traslados en el Presupuesto vigente. (Ministerio de Hacienda y Crédito Público).

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El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º Hácense los siguientes traslados en el Presupuesto Vigente: Ministerio de Hacienda y Crédito Público. Capítulo 34. Del artículo 326. Para pagar al Departamento del Magdalena el 50%, y al Municipio de Plato el 5% de participación que les corresponde, según el artículo 34 de la Ley 120 de 1919, y el artículo 1º de la Ley 28 de 1945, sobre el producto de las regalías petrolíferas que percibe la Nación, de conformidad con el contrato sobre explotación de hidrocarburos celebrado con la Compañía de Petróleos del Valle del Magdalena. $ 66.000.00 Capítulo 34. Al artículo 326-A. Para pagar al Departamento de Bolívar el 50%, y al Municipio de Simiti el 5% de participación que les corresponde, según el artículo 34 de la Ley 120 de 1949 y el artículo 1º de la Ley 28 de 1945, sobre el proyecto de las regalías petrolíferas que percibe la Nación, de conformidad con el contrato sobre explotación de hidrocarburos en el Corregimiento de Cantagallo, celebrado con la Compañía de Petróleos del Valle del Magdalena, el 8 de noviembre de 1939, elevado a escritura pública el 17 de enero de 1940 bajo el número 24332 del Diario Oficial, de 6 de febrero del mismo año 66.000.00

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Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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