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Artículo 5

Funciones Generales De Los Territorios Indígenas Ubicados En Áreas No Municipalizadas

Decreto 632 de 2018 · por el cual se dictan las normas fiscales y demás necesarias para poner en funcionamiento los territorios indígenas ubicados en áreas no municipalizadas de los departamentos de Amazonas, Guainía y Vaupés.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

°. FUNCIONES GENERALES DE LOS TERRITORIOS INDÍGENAS UBICADOS EN ÁREAS NO MUNICIPALIZADAS. Los territorios indígenas ubicados en áreas no municipalizadas de los departamentos de Amazonas, Guainía y Vaupés que se pongan en funcionamiento en virtud de lo dispuesto en el presente decreto, tendrán las siguientes funciones

1.

Gobernarse por autoridades propias, a través de Consejos Indígenas conformados y reglamentados de conformidad con el sistema de gobierno propio de cada pueblo o comunidad indígena.

2.

Ejercer las funciones previstas en este decreto, conforme a la Constitución Política, la legislación nacional e internacional que hace parte del bloque de constitucionalidad, los usos y costumbres de las comunidades, el sistema de gobierno propio y la institucionalidad de los pueblos indígenas.

3.

Definir, ejecutar y evaluar las políticas económicas, sociales, ambientales y culturales propias en el marco de los planes de vida o sus equivalentes, dentro del marco de la legislación aplicable y conforme al principio de coordinación.

4.

Recibir, administrar y ejecutar los recursos provenientes de fuentes de financiación pública o privada, para el desarrollo de las funciones que le correspondan, de acuerdo con lo previsto en el presente decreto. CAPÍTULO III CONFORMACIÓN, REGISTRO E INSCRIPCIÓN DE LOS CONSEJOS INDÍGENAS DE LOS TERRITORIOS INDÍGENAS UBICADOS EN ÁREAS NO MUNICIPALIZADAS DE LOS DEPARTAMENTOS DE AMAZONAS, GUAINÍA Y VAUPÉS

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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