Micelio

Artículo 1

Decreto 1580 de 1974 · Por el cual se dictan normas básicas sobre el Servicio Postal Colombiano

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Artículo Primero. Servicio Postal . Por servicio Postal se entiende, para los fines del presente Decreto, el servicio de Correos y los Servicios Financieros de carácter Postal, en el ámbito nacional e internacional. El servicio postal tiene carácter público y su prestación corresponde al estado, con observancia de la Legislación Nacional e Internacional.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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