Curso de capacitación para ascenso de Suboficiales. Para ser llamado al curso de capacitación para ascenso de que trata el artículo 40 del Decreto 1212 de 1990, los Suboficiales deberán llenar los siguientes requisitos
Haber cumplido la mitad del tiempo de servicio establecido para cada grado;
Estar clasificado en lista especial, uno (1), dos (2) o tres (3), durante los años de servicio en el grado;
No estar dentro de las circunstancias previstas en el artículo 90 del Decreto 58 de 1990 o en las normas que lo modifiquen.
La Dirección Docente presentará para aprobación de la Dirección General, la programación de los cursos con una duración mínima de dieciséis (16) semanas, los cuales se llevarán a cabo en la Escuela de Suboficiales Gonzalo Jiménez de Quesada.
El llamamiento a curso se efectuará por la Orden Administrativa de Personal de la Dirección General.