Micelio

Artículo 1

El Vicario Delegado Castrense Percibirá Mensualmente Un Sueldo Básico De Treinta Y Tres Mil Ochocientos Pesos ($ 33

Decreto 298 de 1983 · Por el cual se dictan disposiciones en materia salarial para algunos empleos del ramo de Defensa y se crea una bonificación

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º El Vicario Delegado Castrense percibirá mensualmente un sueldo básico de treinta y tres mil ochocientos pesos ($ 33.800.00) y gastos de representación en la misma cuantía.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 298 de 1983