Validez Única. Para la certificación con vocación de exportación y la certificación para consumo local, independientemente del esquema seleccionado por el Agente de la Cadena de Valor del Hidrógeno, el sistema de certificación de origen seleccionado debe garantizar que el certificado sea utilizado por una única vez para efectos de la contribución a la reducción de Gases Efecto Invernadero (GEI).
Para efectos de trazabilidad, la certificación podrá emplearse para verificar la calidad y origen del hidrógeno, mas no para la cuantificación de emisiones de GEI, si el Agente de la Cadena de Valor del Hidrógeno ya la utilizó con este fin.
Las certificaciones de origen del Hidrógeno de Bajas Emisiones no serán un requisito para la obtención de los beneficios tributarios de los que trata la Ley 2099 de 2021.
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