Micelio

Artículo 11

Decreto 104 de 1891 · Que reglamenta la Ley 96 de 1890 sobre Montepío Militar

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Art. 11. Un ejemplar del presupuesto, suscrito por el Habilitado del Batallón y sus Jefes, o por el Habilitado del Estado Mayor y su Jefe, según el caso, se entregará al Pagador, y otro, al Tesorero del Monte-pío.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 104 de 1891